Seis acusados de defraudar I.V.A. a través de sociedades ‘pantalla’
Publicado el 27 Abril, 2008 Publicado en la sección Argelinos, Brasileños, Fraude |
La Fiscalía de Málaga ha formulado escrito de acusación contra seis personas a las que acusa de varios delitos contra la hacienda pública por llevar a cabo un supuesto ‘fraude del carrusel’ o ‘fraude en cadena del IVA’. Solicita una pena de 27 años de prisión y una indemnización inicial a la Hacienda Pública de unos 3,8 millones de euros por estos delitos económicos.
Este fraude consiste, según explica el ministerio público en sus conclusiones provisionales, en simular haber soportado el pago de cantidades por este impuesto y haber realizado operaciones comerciales intracomunitarias de exportaciones que dan derecho a devolución “sin que en realidad existieran dichas operaciones”.
Para ello, se creaban una serie de sociedades ‘trucha’ o ‘pantallas’ “que no tienen actividad comercial real sino ficticia”, cuyo objetivo sería entregar una mercancía al consumidor final, de forma que “una misma mercancía va fracturándose entre distintos operadores, incluso por distintos países comunitarios”, generándose en cada uno de ellos el supuesto derecho a la devolución del IVA “que previamente no se había ingresado en las correspondientes haciendas públicas”.
“La dirección del entramado societario y de la presunta actividad criminal” la llevaba el acusado Pierre P., de nacionalidad argelina, aunque afincado en Marbella (Málaga). También están acusadas su pareja sentimental, de origen brasileño y la hermana de ésta; mientras que, para el fiscal, otro hermano de ésta también habría presuntamente participado en el entramado, pero está en rebeldía.
Asimismo, acusa a una empleada, persona de confianza del principal procesado, que llegó a facilitar un domicilio de Burdeos de éste para evitar su localización por la Policía; al entonces director de una sucursal bancaria en Manilva (Málaga) y a otro ex empleado de la misma entidad en varias localidades de la Costa del Sol, que, según dice, “asesoraron” al principal acusado y a su pareja “para la realización de los hechos”.
La acusación pública señala en su escrito que las declaraciones de entregas de bienes no reales “tienen consecuencias tributarias de gran trascendencia ya que a través de la contabilización de compras inexistentes se está minusvalorando la base imponible del impuesto de sociedades tributo también afectado por este fraude”.
Asimismo, precisa que esta actividad puede tener también como finalidad “la venta de los productos adquiridos en nuestro país a bajo costo, es decir, puede tener también como finalidad el desvío de las mercancías al mercado negro interno, aprovechando la ventaja competitiva del precio a costa de un IVA no ingresado en la hacienda española”.
Esta práctica fue llevada a cabo, según el ministerio público, por los cuatro principales acusados en los ejercicios tributarios 1999 a 2004 a través del entramado de sociedades creadas por ellos. De este entramado, destacan 10 empresas, con domicilio en Madrid y en las que los procesados eran administradores únicos y tenían firma autorizada en los bancos.
El fiscal precisa que el principal acusado, para el que pide tres años de cárcel más por tener tres pistolas y munición en su casa, no realizaba declaración de rentas procedentes del trabajo personal, ni tampoco declaraba rendimientos procedentes de activos financieros o del reparto de beneficios de las sociedades de las que era administrador, apoderado o socio.
Esto ocurría por “ocultar todos sus ingresos y bienes tras la pantalla que le proporcionaban terceras personas o las propias empresas que controlaba y, además, tampoco declaraba recibir tipo alguno de rendimiento como retribución a los numerosos cargos que ostentaba.
Así, respecto a los años 2002, 2003 y 2004, la Agencia Tributaria de Málaga comunicó a la Abogacía del Estado la imposibilidad de cuantificar la defraudaciones realizadas, aunque el ministerio público reitera en su escrito que el Servicio de Inspección de la Agencia informe al juzgado previamente al juicio oral de las cantidades defraudadas o de las causas que impiden determinarlas.
Comentarios
MinutoDigital no se hace responsable de la opinión de sus lectores. Se borrarán todos los mensajes insultantes. Tu mensaje puede quedar en moderación para ser revisado por nuestros redactores.Enviar un comentario

